Manejar un vehículo teniendo el carnet de conducir caducado no es una buena idea. Es una falta que se sanciona y suele salir bien cara, además de otras posibles consecuencias. Es cierto que a veces es fácil olvidarse de que nuestro permiso ya no está vigente (no es algo que verifiquemos muy a menudo), pero es un trámite necesario con el que hay que cumplir. En este post vamos a responder a la pregunta de cuánto vale renovar el carnet de conducir y aclarar otras cuestiones relacionadas.
Primero vamos a aclarar cuál es el periodo de vigencia de este documento, según lo dispuesto en la legislación actual. También veremos cuáles son las sanciones a las que nos exponemos si circulamos con el permiso caducado, así como otras cuestiones prácticas relacionadas con el proceso de renovación. Toda la información que ofrecemos está actualizada según la web de la Dirección General de Tráfico.
¿Cuál es la vigencia del permiso de conducir?
En España, un permiso de la clase B (el que permite conducir turismos) tiene un periodo de vigencia de 10 años hasta que su titular alcance la edad de 65 años. A partir de ese momento, la vigencia es de 5 años. Y de solo 2 años a partir de los 70. Es decir, hay que renovarlo con más frecuencia. No existe una edad máxima que impida renovar el permiso, siempre que se cumplan los requisitos que veremos más adelante.
En el caso de los permisos de las clases C1, C1 + E, C, C + E, D1, D1 + E, D y D + E. ese periodo de vigencia se reduce a 5 años.
Se puede solicitar la renovación de un permiso hasta tres meses antes de la fecha de caducidad que figura en el documento. Un margen de tiempo que, en principio, debería ser más que suficiente. Siempre que se nos olvide que ha llegado el momento de la renovación, claro.
También es posible renovar el permiso después de la fecha de caducidad, aunque, obviamente, no será posible conducir hasta que no se haya cursado la renovación. El hecho de adelantar la renovación no significa perder días de validez: esta se contará siempre a partir del día siguiente al que caduca el permiso antiguo.
Sanciones por tener el permiso de conducir caducado
Hay que precisar un detalle: no pasa nada por tener el permiso de conducir caducado, aunque manejar un vehículo teniendo el carnet caducado es una conducta sancionable. Y, desde luego, no es para tomárselo a broma. La legislación tipifica esta actitud como delito.
- Sanción económica de hasta 200 euros.
- Trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.
- Penas de prisión que van de 3 a 6 meses.
La aplicación de sanciones se ajusta a las circunstancias particulares de cada caso.
Trámites para renovar el carnet de conducir
Esta es la información que necesitamos saber para proceder a la renovación de nuestro permiso de conducir.
Cómo se tramita
Hay dos posibilidades:
- De forma presencial, acudiendo a la Jefatura Provincial de Tráfico* que nos corresponda o bien en los Centros de Reconocimiento de Conductores autorizados. Estos suelen ofrecer también la posibilidad de realizar el reconocimiento médico necesario.
- Por Internet, a través del Registro Electrónico. Para ello es necesario disponer de DNI electrónico, certificado electrónico o cl@ve.
(*) Para realizar este y otro cualquier trámite presencial en las Jefaturas de Tráfico hay que solicitar cita previa online o por teléfono (060).
Qué documentación hay que aportar
Para tramitar esta renovación, hay que aportar la siguiente documentación:
- Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.
- DNI, pasaporte o tarjeta de residencia (este documento tiene que ser original y debe estar en vigor).
- Informe médico de aptitud psicofísica, el cual deberá ser expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado.
- Una fotografía reciente tipo carnet de tamaño 32 x 26 mm.
- Justificante de pago de la tasa correspondiente.
En qué consiste en informe médico
Es importante recordar que el trámite no requiere superar ningún tipo de prueba o examen, solo pasar con éxito los tests médicos, que en realidad no son especialmente exigentes. Estas son las pruebas que se practican:
- Valoración Psicotécnica (que incluye un test de Anticipación de la velocidad y otro de Coordinación visomotora).
- Estudio de la Audición.
- Valoración de la Capacidad Visual.
- Anamnesis o historial clínico del conductor.
- Estudio del estado general (toma de la tensión Arterial, pulso y auscultación cardio-pulmonar).
Cuánto vale la renovación
Abordamos, por fin, la pregunta que da título a nuestro post: ¿Cuánto vale renovar el carnet de conducir? En el catálogo de tasas de la DGT se precisa que la tasa aplicable para renovar el carnet de conducción es de 24,58 euros. Sin embargo, hay que puntualizar que este trámite es gratuito para los conductores mayores de 70 años.
El pago de la tasa se puede realizar vía Internet. Si nos decidimos a realizar el trámite en la modalidad presencial, hay que saber que en las Jefaturas de Tráfico el pago solo es posible con tarjeta bancaria.